viernes, 17 de abril de 2009

Operaciones sospechosas de lavado a ser informadas por los profesionales en Ciencias Económicas. Situación ante el blanqueo de capitales.

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), a través de un informe técnico, califica a las operaciones que se realicen en el marco de la ley de exteriorización y repatriación de Capitales, como “sospechosas” y por lo tanto recomienda a sus asociados a denunciarlas.

Las aclaraciones vertidas como consecuencia de versiones periodísticas que no efectuaron una justa interpretación de lo expresado por la Federación, son:
Que tales manifestaciones periodísticas no han interpretado correctamente el objetivo y las recomendaciones del informe técnico realizado por la Facpce.

Que la ley de blanqueo no aumenta las obligaciones que ya existen para los profesionales en relación con la Ley de Prevención del Lavado de Dinero, vigente desde 2004.

Que el informe técnico, tiene por objetivo, solamente recordar el procedimiento a cumplir por los auditores y síndicos de determinados tipos de entes, frente a la existencia del marco normativo vigente.
En ese sentido los pasos recomendados son:
• Si un auditor o síndico se encuentra frente a una empresa que “blanquea” en los términos del marco legal vigente, debe indagar sobre el origen de los fondos, solicitando a su cliente la justificación económica o jurídica o financiera o comercial o de negocios.
• Si recibe la justificación (memorándum, documentación, análisis) y le resulta válida o suficiente, o no la recibe, pero puede satisfacerse del origen de los activos por otros documentos o indagaciones al cliente en su máximo nivel, considerando en su evaluación su propio conocimiento del cliente, no debe informarlo como operación sospechosa.
• Sólo en el caso de no obtener satisfacción a los requerimientos, el profesional debe emitir un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la Unidad de Información Financiera (UIF) porque así lo exige la normativa vigente.


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