sábado, 2 de mayo de 2009

Blanqueo: no se aplicará la ley penal cambiaria.

La Superintendencia de Entidades Financieras emitió un dictamen en donde establece que deben ser perdonados los contribuyentes que hayan incurrido en evasión cambiaria, siempre y cuando ingresen al blanqueo.

De esta manera, se eliminaría la mayor traba que presentaba el denominado "acuerdo fiscal". En 2002, junto a la salida de la convertibilidad se aplicaron una serie de restricciones para el envío de fondos al exterior. Por lo tanto, quienes hayan sacado fondos violando las mencionadas restricciones quedaron sujeto a las sanciones incluidas en la ley penal cambiaria.

A través del dictamen firmado por Gabriel del Mazo, gerente principal de Estudios y Dictámenes de la Superintendencia de Entidades Financieras, se da solución al problema. El escrito publicado por Ámbito Financiero fue emitido ante el requerimiento de la Procuración del Tesoro, a cargo de Osvaldo Guglielmino. A su vez, fue la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la que pidió un dictamen a este organismo para determinar si efectivamente la ley penal cambiaria debe aplicarse o no en los casos de blanqueo.

En líneas generales, el dictamen de la superintendencia avala la prescripción de la acción penal cambiaria. "Sin perjuicio de la literalidad expresa del texto sancionado, la interpretación teleológica permite fundar razonablemente que, tratándose de divisas o fondos obtenidos lícitamente, aunque por fuera del mercado legal y regular de cambios, éstos podrían ser repatriados o exteriorizados al amparo de la Ley 24.476 sin incurrir en responsabilidad penal cambiaria alguna", establece el dictamen.

"La finalidad de orden público perseguida con tal ley impone extender analógicamente la amnistía allí establecida a las disposiciones del régimen penal cambiario cuando se trate de caos en que las presuntas infracciones de éste aparentemente concurran idealmente con la evasión o infracción fiscal que se pretende amnistiar", agrega el texto.

La superintendencia culmina el escrito publicado por el matutino indicando que si no se procediera con tal perdón para los delitos cambiarios, "la finalidad en que parece haberse inspirado el dictado de la Ley 26.476 perdería todo sentido". La finalidad consiste en "obtener fondos genuinos y lícitos para dar estímulo a la producción, la inversión y el consumo y así poder mantener el nivel de actividad económica".

Por lo tanto, la Procuración del Tesoro se expediría este jueves de igual manera, siguiendo la opinión de la Superintendencia del Central.

Publicado por iProfesional.com

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